REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL "EL VIGIA"



GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, SEIS DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
195º Y 146º
Visto el escrito transacción en dos folios útiles de fecha 01 de abril de 2005, presentado por los ciudadanos Francelina Mora Rojas, parte demandante en el presente juicio, asistida en este acto por el abogado Omar Antonio Monsalve Contreras, inscrito en el inpreabogado bajo el número 31.070, y por la parte demandada el abogado Reyes Omar Molina Guillén, inpreabogado número 70.191, apoderado judicial del ciudadano José María Gómez, este Tribunal por cuanto el presente juicio versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la respectiva homologación, le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
EL JUEZ,

ABG. JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.


Rq.









La suscrita, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. CERTIFICA: Que la anterior copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que se encuentra en el Expediente Nº 7251-2003. DEMANDANTE(S): MORA ROJAS FRANCELINA. DEMANDADO(S): GOMEZ JOSE MARIA. MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA. FECHA DE ENTRADA: DIA: 14. MES. ABRIL. AÑO: 2003. EL VIGIA, SEIS DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.
RQ.