REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, ocho de abril de dos mil cinco.-
194º y 146º
Vista la diligencia de fecha 05 de abril de 2005, que obra al folio once (11) del expediente, en la cual el abogado JULIO CESAR TORO UZCATEGUI con el carácter de parte actora, desiste de la demanda en el presente juicio y por cuanto el desistimiento no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de Embargo decretada en fecha 11 -01 -2005, conforme a lo solicitado se ordena el desglose del titulo valor que obra al folio tres (3), y dejar en su lugar copia fotostática debidamente certificada. En consecuencia se acuerda recabar del respectivo Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina el Cuaderno de Embargo y una vez que se reciba el mismo se tendrá por terminado el juicio y se archivará el expediente.

LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. RORAIMA MENDEZ DE MAGGIORANI.

EL SECRETARIO

ABG. JESUS ALBERTO MONSALVE.