TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01 Mérida, 10 de Agosto del año dos mil cinco-


195º y 146º

Revisado como ha sido el presente expediente, y por cuanto se evidencia que fue concedida la Autorización judicial para solicitar Credito Educativo (Fundación Gran Mariscal de Ayacucho) para la adolescente Maria Gracia Colmenares Quevedo, y por cuanto se eviencia que la ciudadana Maria Gracia Colmenares Quevedo ya es mayor de edad, según se desprende de la Partida de Nacimiento N° 296 inserta al Folio N° 02, expedida por la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador el Estado Mérida. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 02100. SOLICITANTE: COLMENARES LACRUZ GERARDO AUGUSTO. MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA SOLICITAR CREDITO EDUCATIVO (FUNDACION GRAN MARISCAL DE AYACUCHO). FECHA DE ENTRADA. 11-11-2003. CÚMPLASE.
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA


LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

mj/02100