En horas de despacho del día de hoy, Tres de Agosto del dos mil cinco, siendo las diez de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO del presente juicio de Divorcio. Se abrió el acto previas las formalidades de ley, No se encuentra presente la parte demandante ciudadana ESPINOZA DE RAMIREZ MARIA DEL CARMEN, ni por sí, ni por medio de Apoderado Judicial. No se encuentra presente la parte Demandada ciudadano RAMIREZ BALZA JOSE OLEGARIO, ni por si ni por medio de Apoderada Judicial. Se encuentra presente la ciudadana Fiscal Auxiliar Décima Quinta de Protección del Ministerio Publico del estado Mérida, abogada Vilma Karibay Monsalve. En este estado solicita el derecho de palabra la ciudadana Fiscal Auxiliar de la Fiscalia Novena de Protección quien manifestó: En virtud de la no comparecencia de la parte demandante y de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil la Representación Fiscal solicita la extinción de la causa y el correspondiente archivo del expediente. Es todo. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EXTINGUIDO, el presente procedimiento y ordena el archivo del Expediente Nº 11899, DEMANDANTE: ESPINOZA DE RAMIREZ MARIA DEL CARMEN. DEMANDADO: RAMIREZ BALZA JOSE OLEGARIO. MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO. PROCEDENCIA: PARTICULAR. FECHA DE ENTRADA: 03 DE MAYO DE 2005. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
FISCAL AUX. DECIMA QUINTA DE PROTECCION
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LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
Mj/11899
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