TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO. Nº 01. Mérida, 03 de Agosto del año dos mil Cinco.-


194º y 146º

Revisado como ha sido el presente expediente, por cuanto se evidencia la mayoría de edad de la ciudadana ALEJANDRA VANEZA PAREDES, según se desprende de la copia simple de la Partida de Nacimientos N° 364, inserta al Folio Nº 03 del presente expediente, expedida por ante el Registro Principal del Estado Mérida. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 02438, Solicitantes: ISAURA JOSEFINA DUGARTE (ADOLESCENTE: ALEJANDRA VANEZA PAREDES), Motivo: MEDIDA DE PROTECCION, Procedencia: INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR SECCIONAL MERIDA, Fecha de Entrada: 09-05-2001, por cuanto la ciudadana ALEJANDRA VANEZA PAREDES, ya es mayor de edad. CÚMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

Mj/02438