TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 01. MÉRIDA, TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL CINCO.------------

195º Y 146º

Visto, el convenimiento suscrito por los ciudadanos: YOHANA YENNYLER DÁVILA SUÁREZ y JAVIER ENRIQUE SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V.-16.679.442 y V.-16.038.703, respectivamente, domiciliados en El Vigía Estado Mérida, por ante Defensoria Publica de Protección del Niño y del Adolescente de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 20 de Diciembre de 2.002, en relación a la Fijación de un Régimen de Visitas, a favor de la niña OMITIR NOMBRE, actualmente de tres (03) años de edad, quienes convinieron en los siguientes términos: El padre, ciudadano JAVIER ENRIQUE SOTO, retirara de la casa de la madre a la niña los días sábados y domingos, desde las 09:00 de la mañana hasta las 06:30 de la tarde, en relación a las fiestas decembrinas, el padre se llevara a la niña el 24 y 25, en el mismo horario de las visitas y los días 31 y 01 de enero la pasara con la madre. Y el padre podrá visitar a su hija a la casa de la madre. Los periodos de vacaciones serán estipulados de mutuo acuerdo. Estando conformes ambos progenitores con el presente convenimiento y teniendo esta acta de convenimiento carácter de documento público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, si no que al contrario beneficia a la niña, por cuanto mantiene una decisión entre las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por los ciudadanos YOHANA YENNYLER DÁVILA SUÁREZ y JAVIER ENRIQUE SOTO, identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, dá carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. CÚMPLASE.------------

LA JUEZA TEMPORAL Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL CARMEN TORO DÁVILA
LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

Sria.
Jaa/6240