TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO Nº 02. Mérida, Cuatro de Agosto del Año dos mil cinco.
195º y 146º
Revisado como ha sido el presente expediente y visto que al folio veintinueve (29), corre inserta acta de fecha cuatro de Octubre del Año dos mil cuatro, suscrita por los ciudadanos: LUIS FRANCISCO GARCÍA ROSALES, titular de la cédula de identidad Nº 3.038.050 y MANUEL ALEJANDRO GARCÍA ANGARITA, titular de la cédula de identidad Nº 17.895.409, domiciliados en Belén, entre Avenida 4 y 5 Nº 4-45 de ésta Ciudad de Mérida, quienes expusieron: Impuestos del Motivo de su comparecencia por ante este Tribunal, manifestó MANUEL ALEJANDRO que hasta la fecha ha convivido con su tío paterno quien se ha ocupado de su crianza, educación se encuentra esperando el inicio del Semestre de Ingeniería Eléctrica para iniciar sus estudios Universitarios y que él esta conforme con todo y no tiene nada que reclamarle a su tío, quien manifestó que el esta conforme con su sobrino quien siempre ha acatado sus orientaciones obteniendo buenas calificaciones y su titulo de bachiller, por lo que se siente de una u otra forma cumplió con su cometido de Tutor Interino y que su sobrino hasta la fecha no ha recibido lo que le corresponde por bienes dejados por sus padres pero que los tramites se realizo en su oportunidad por lo que se espera que le sean entregados, lo cual se compromete a continuar orientando a MANUEL ALEJANDRO a oír, por lo que solicitan el cierre del expediente por cuanto cumplió la mayoría de edad (05-08-1986).No expusieron más. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda el Cierre y el Archivo del Expediente Nº 000148. DEMANDANTE: GARCÍA ROSALES LUIS FRANCISCO. MOTIVO: TUTELA. PROCEDENCIA: EXTINTO JUZGADO SEGUNDO DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. FECHA DE ENTRADA: 04 DE AGOSTO DEL 2000. CÚMPLASE.
LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO Nº 02.
ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ
Expediente Nº 00148.
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Jv.
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