REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 9 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2002-000373
ASUNTO : LP01-P-2002-000373

Por cuanto a los folios 2975 al 2981 de las actuaciones, obra escrito presentado por el acusado Armando De la Rotta Aguilar, mediante el cual solicita la entrega bajo guarda y custodia del vehículo marca Jeep, modelo Grand Cherokee, placas DAU-33Y, color negro, serial de carrocería 8Y4GW68FFX1900225, serial de motor 8 CIL, de uso particular, toda vez que el descrito vehículo pertenece a su persona, según documento autenticado por ante la Oficina Notarial Pública Segunda del Estado Mérida.
UNICO:
En relación a la petición antes señalada, este Tribunal observa que desde el inicio del procedimiento el vehículo solicitado por el acusado Armando De la Rotta Aguilar, fue retenido por orden de la Fiscalía del Ministerio Público durante la investigación, por considerar que era un elemento de interés durante esa fase, y así ha permanecido desde esa oportunidad.
Ahora bien, hasta la presente fecha no se ha llevado a cabo el juicio oral y público (desde que la instancia superior ordenara la realización de nuevo juicio), y ello significa que este Tribunal desconoce diferentes situaciones que se ventilarán en el juicio oral y público, única oportunidad legal para discutir ante las partes sobre los hechos y circunstancias que forman parte del presente procedimiento.
En el caso específico, el Tribunal desconocía que el vehículo solicitado por el acusado presenta presuntas irregularidades (tal y como lo reseñó el acusado en su solicitud), las cuales se basan en aparentes alteraciones de los seriales del vehículo automotor; y como es lógico pensar, ello solo podrá establecerse por medio de las experticias a recibir en la audiencia oral y pública, caso contrario el pronunciamiento al respecto, equivaldría de parte de este Tribunal a adelantar opinión, sin saber a ciencia cierta la circunstancia planteada por el acusado en mención en relación a los seriales del vehículo automotor en cuestión.
Por las razones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA la entrega del vehículo marca Jeep, modelo Grand Cherokee, placas DAU-33Y, color negro, serial de carrocería 8Y4GW68FFX1900225, serial de motor 8 CIL, de uso particular, al acusado Armando De la Rotta Aguilar, hasta tanto no culmine el juicio oral y público, del cual se desprenderá si la entrega será procedente o no, de conformidad con el segundo aparte del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, y al acusado y para tales efectos líbrese las correspondientes boletas de notificación. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Cúmplase.

La Juez (T) de Juicio N° 01

Abog. Marianina del Valle Brazón Sosa

La Secretaria

Abog. Carmen Matilde García Samaniego


En fecha_____________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros: ___________________________________________
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Sria