REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, primero de agosto de dos mil cinco.
195° y 146°
Vista la diligencia que antecede de fecha 25 de Julio de 2.005, suscrita por el abogado en ejercicio CARLOS LUIS MATOS, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual en forma expresa manifiesta que desiste del presente procedimiento, reservándose el ejercicio de la acción, y en consecuencia solicita la finalización del presente juicio, la suspensión de la medida decretada y el archivo del expediente; igualmente suscribieron dicha diligencia los ciudadanos: PASCUAL ISMAEL RODRIGUEZ y LIDY JOSEFINA LABRADOR DE RODRIGUEZ en su condición de parte demandada, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio GERMAN NUCETE MARQUINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-664.743, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2.870, mediante el cual en forma expresa manifiestan estar de acuerdo con lo antes expuesto. En tal virtud y visto el desistimiento expreso de la parte actora y la aceptación de la parte demandada, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente juicio y habiendo sido solicitado en forma personal por la parte actora suspende la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, que fuera decretada por este Tribunal en fecha 14 de abril de 2.003 y participada al Registrador Subalterno del Distrito Uribante del Estado Táchira, según oficio signado con el N° 501-2.003 de la misma fecha, sobre: dos lotes de terreno, unidos entre sí, formando un solo predio precario con las mejoras que contiene su superficie, situado en la Aldea Zaizayal, Municipio Pregonero, Distrito Uribante del Estado Táchira, con una superficie aproximada de 32,42 Has y cuyos linderos son: FRENTE: En Línea quebrada de varios segmentos que unidos dan una longitud aproximada de 620 mts, la quebrada El Temblador; FONDO: en Línea quebrada de varios segmentos que unidos dan una longitud aproximada de 640 mts, mojones de piedra, colindando con terreno que es o fue de José del Carmen Suarez; LADO DERECHO: En línea quebrada de varios segmentos que unidos dan una longitud aproximada de 485 mts, mojones de piedra, limitando terreno que es o fue de José del Carmen Suárez; LADO IZQUIERDO: En línea quebrada de varios segmentos que unidos dan una longitud aproximada de 520 mts, mojones de piedras, colindando con terreno que es o fue de Abel Carrero. Dicho inmueble fue adquirido por los ciudadanos: PASCUAL ISMAEL RODRIGUEZ y LIDY JOSEFINA LABRADOR DE RODRIGUEZ, según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de registro Público del Distrito Uribante del Estado Táchira, en fecha 19 de Junio de 1.985, bajo el N° 30, folio 53 al 54, Protocolo Primero, Tomo II, Segundo Trimestre del citado año. Ofíciese al Registrador respectivo haciéndole la participación de la suspensión de dicha medida.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se oficio al Registrador Subalterno del Distrito Uribante del Estado Táchira, bajo el Nº 2.801-2.005. Conste,
LA SCRIA.,
SULAY QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-