TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO Nº 02. Mérida, Primero (01) de diciembre del año dos mil cinco.
195º y 146º
Vista el acta de fecha 21-09-2005, inserta al folio 48 en la cual la ciudadana ROSA ANA MARIA ZAMBRANO ZERPA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.489.991, quien manifestó que la niña OMITIR NOMBRE de 15 meses esta bajo sus cuidados y responsabilidad desde los dos meses de nacida, encontrándose la misma en un estado de nutrición y abandono. Y visto igualmente el Informe Integral, suscrito por el Equipo Multidisciplinario, que corre inserto de los folios 52 al 56, en el cual emiten su opinión favorable para la colocación familiar de la niña OMITIR NOMBRE en el hogar de la ciudadana ROSA ANA MARIA ZAMBRANO ZERPA. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: La permanencia de la niña OMITIR NOMBRE , en el hogar de la ciudadana ROSA ANA MARIA ZAMBRANO ZERPA, aplicando de esta manera la Medida de Protección en Colocación Familiar, de conformidad con el Artículo 126, literal “i“ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo ésta permanecer en el hogar de la mencionada ciudadana, quien la representará legalmente y se obliga a brindarle la asistencia material, vigilancia, la orientación moral y educativa a la niña; así como la facultad de imponerles correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, igualmente a velar por el bienestar e integridad física de la misma; de conformidad con lo dispuesto en los artículos antes indicados. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.-
LA JUEZA PROVISORIO DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SRIA.
Fm/
Expediente Nº 12233
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