TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01 Mérida, 15 de diciembre del año dos mil Cinco.-
195º y 146º
Revisado como ha sido el expediente; y visto que se dio cumplimiento al auto de avocamiento de fecha 14-10-05, relacionado con la notificación de la ciudadana FELICIA SANCHEZ MALDONADO y por cuanto de las actas que integran el mismo se evidencia que la ciudadana MILDRED CARISMAR MALDONADO ROJAS cumplió su mayoría de edad, según se puede constatar en la Copia Certificada de la Partida de Nacimiento que corre inserta al folio seis (06). En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 2736, SOLICITANTE: MARIT ROJAS; MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO; Fecha de Entrada: 04-10-2005. CÚMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Yq.- 2736