REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, nueve de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LP21-L-2005-000359

HOMOLOGACIÓN TRANSACCIONAL

EXPEDIENTE Nº: LP21-L-2005-000359

PARTE ACTORA:
ELEAZAR ROJAS ROJAS, MARÍA PAREDES RIVAS, ADRIANO BERNARDO A. y JOSÉ EÑIGO RIVAS UZCÁTEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 8.001.590, 3.039.096, 8.028.733 y 4.488.301, respectivamente, de este domicilio.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE:
LUZ MAR SÁNCHEZ MÉNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 17.455.573.

PARTE DEMANDADA:
“GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA”

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
EVELIN SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 58702, de este domicilio.-

MOTIVO: INTERESES MORATORIOS SOBRE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

Vista la diligencia de fecha 06 de diciembre de 2005, que corre inserta a los folios 43 y 44 del presente expediente, suscrita por la ciudadana EVELIN SALAS, titular de la cédula de identidad No. 10.900.151, inscrita en el impreabogado bajo el No. 58702, actuando en su carácter de apoderado judicial de la entidad Federal del Estado Mérida, que consigna actas transaccionales de la respectiva copia certificada de la orden de pago de fecha 31/10/2005, y comprobantes de egreso de fecha 04 de noviembre de 2005, por los montos que a continuación se describen: Primero: “ELEAZAR ROJAS, por la cantidad de cuatro millones cuatrocientos diecisiete mil setecientos setena y seis bolívares con cuarenta céntimos (Bs. 4.417.776,40). Segundo: JOSÉ EIÑIO RIVAS UZCATEGUI por la cantidad de cuatro millones setecientos treinta mil quinientos veintidós bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bs. 4.730.522,88), Tercero: BERNARDO ADRIAÑO por la cantidad de cuatro millones novecientos cuarenta y nueve mil ciento veinte bolívares con setenta y siete céntimos (Bs. 4.949.120,77) Cuarto: MARÍA ERMINDA PAREDES RIVAS por la cantidad de diez millones doscientos veintitrés mil setecientos trece bolívares con cero tres céntimos (Bs. 10.223.173,03), según actas trasnacionales certificadas por la Lic. ELSA YOLANDA CALDERON, titular de la cédula de Identidad No. 3.148.251, Directora de la Tesorería General del Estado Mérida, según consta en el decreto No 164, de fecha 19/08/2002, publicada en la Gaceta Oficila No. 445, de fecha 27/08/2002, marcas con los litrales “B”, “C”, “D” y “D” respectivamente.

Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley homologa la presente transacción por la cantidad de VEINTICUATO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (24.320.593,08) y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio, y ordena el archivo del expediente. Cópiese y Publíquese.-

Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los nueve días del mes de noviembre de Dos Mil Cinco.

LA JUEZA,
ABG. MARIANA APONTE QUINTERO
LA SECRETARIA,


ABG. EGLI MAIRE DUGARTE

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las 08:30 de la mañana.-

La Secretaria,


Abg. Egli Mairé Dugarte