REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dos de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: LH21-L-2004-000063
PARTE ACTORA: ALFREDO ELISEO ZERPA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.219.020, de este domicilio.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE LUIS ACEVEDO RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro. 70.199.
PARTE DEMANDADA: ANTONIO BASILIO ESPINOZA PULIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 654.241, de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAMIREZ BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.171.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SENTENCIA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy dos (02) de diciembre de dos mil cinco 2005, siendo las nueve de la mañana (9:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE la COMPARESCENCIA DEL APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAMIREZ BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.171, así mismo de deja constancia de la INCOMPARESCENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE: ALFREDO ELISEO ZERPA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.219.020, de este domicilio, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146°.
LA JUEZ,
ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. ALIX MARQUEZ
Se publica la presente sentencia siendo las nueve y treinta de la mañana (9.30 a.m).
Scria
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