REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 19 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-010796
ASUNTO : LP01-P-2005-010796
Vistas las presentes actuaciones, constantes de 0nce (11) folios útiles, contentivas de la declinatoria de competencia por parte del Tribunal de Ejecución N° 2, de este Circuito Judicial Penal, en un Tribunal en funciones de Control para realizar la destrucción de las sustancias estupefacientes y psicotrópicas incautadas en la causa penal signada con el N° LP01-P-2002-000046, este Juzgado en Funciones de Control N° 5, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 117 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acuerda notificar al Ministerio de Salud con competencia en materia de drogas medicamentos y cosméticas, a los fines de que si lo considera procedente solicite la totalidad o parte de la sustancia, consistente en SESENTA Y UN (61) GRAMOS CON OCHOCIENTOS SETENTA (870) MILIGRAMOS DE CLORIDRATO DE COCAINA, para lo cual deberá responder a este Tribunal si quiere o no dicha sustancia, en un lapso comprendido desde la presente fecha, hasta el día 19 de Enero de 2006, y una vez vencido este lapso el Tribunal procederá a solicitud de Ministerio Público autorizar la destrucción de las sustancias incautadas. Notifíquese al Ministerio de Salud con competencia en materia de Drogas. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N! 5,
ABG. Alida Morella Torcatti Berroterán.
La Secretaria,
ABG.
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