REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 8 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-010669
ASUNTO : LP01-P-2005-010669

Vista la solicitud realizada por ante este Tribunal, en fecha 08 de Diciembre del 2005, siendo las Nueve y Treinta y Cinco de la Mañana (9:35am) por los ciudadanos ABOGADOS DEFENSORES JUDITH PAREDES ERAZO y OSWALDO ALCIBIADES LLINAS QUINTERO, de los ciudadanos LARRY URDANETA GARCIA y EDINSON PAYARES ANILLO, quienes presentaron como fiadores de los imputados ya nombrados, a los ciudadanos ALEXIS ENRIQUE ARRIETA VILLALOBOS, AMELVIS AUGUSTO CORZO VILLALOBOS, EMIRO ALEXI RAMIREZ CHOURIO y ANA ROSA ROMERO RIVERA, venezolanos, mayores de edad, Comerciante, Herrero, Latonero, y Comerciante, titulares de las cédulas de identidad No 14.927.752, 9.329.610, 16.379.027 y 16.739.098, domiciliados en Arapuey, Sector El Silencio, casa sin número Estado Mérida, Jujuy Alto, casa sin número, Chachopo, Municipio Miranda del Estado Mérida, y en el Sector Los Puentes, casa sin número, Chachopo Municipio Miranda del Estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, presentando como recaudos exigidos: Fotocopia de la cédula de identidad, Constancia de Residencia, Constancia de Buena Conducta, Constancia de Trabajo, y Balance Personal y Certificado de Ingresos, visado por un Contador, por tanto el Tribunal, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento:
UNICO:
Este Tribunal de Control No 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda Con Lugar la presentación de los mencionados fiadores, y los admite, por ser procedente y ajustada a Derecho, y así se decide, acordando el Traslado del citado Imputado, para la Audiencia, el día Viernes 09-12-05, a las 2:30 AM.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.

EL JUEZ DE CONTROL N° 06

ABOG. ERNESTO CASTILLO SOTO

LA SECRETARIA

ABOG. MARIA DEL CARMEN QUINTERO


Se libraron boletas de notificación No ---------------------------------------------------------------