REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 15 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2004-000571
ASUNTO : LP01-P-2004-000571
Vista la petición realizada por el abogado Ernesto García, en su condición de defensor público del imputado Yonatan Wladimir Dávila, mediante la cual solicita a este Tribunal la ampliación del régimen de presentaciones de su defendido, debido a que el mismo ha cumplido cabalmente las obligaciones que le fueron impuestas.
En tal sentido este Tribunal observa:
Único: que de la revisión del sistema Juris 2000 se evidencia que efectivamente el imputado Yonatan Wladimir Dávila, está cumpliendo cabalmente con el régimen de presentaciones que en la oportunidad legal correspondiente se le impuso, lo que indica que el mismo responsablemente se ha sometido a las condiciones u obligaciones señaladas en la decisión respectiva para asegurar las resultas del juicio oral y público, motivo por el cual, este Tribunal considera que no hay inconveniente alguno para ampliar el régimen de presentaciones de 8 días a 15 días, es decir, se amplía el mismo por el lapso de 8 días.
En consecuencia este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: 1) amplía el régimen de presentaciones que debe cumplir el imputado Yonatan Wladimir Dávila, quien deberá presentarse cada 15 días ante la sede de este Tribunal, ampliación de medida que se hace de conformidad con el artículo 263 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes y al imputado sobre el contenido de esta decisión. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
La Juez (T) de Juicio N° 01
Abog. Marianina del Valle Brazón Sosa
La Secretaria
Abog. Yanira Lobo Guillén
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros:___________________________________________ ____________________________________________________________________
Sria