REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 16 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-000821
Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha catorce (14) de noviembre de 2005 (folios 226 al 237) por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, contra el ciudadano Rafael Alberto Fonnegra Gómez, venezolano por naturalización, titular de la cédula de identidad N° 23.240.431, domiciliado en El Añil, Carrera 3, entre calles 1 y 2, casa 2-42, Tovar, Estado Mérida, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de cuatro (4) años de prisión por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, procede este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, a ejecutar la misma.
En consecuencia, se designa el Centro Penitenciario Región Andina, como el lugar donde el penado cumplirá la pena, ubicado en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, y se hace el cómputo de pena correspondiente de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
En este sentido, se observa que el penado Rafael Alberto Fonnegra Gómez, fue detenido el día diez (10) de febrero de 2005, quedando en tales condiciones hasta la presente fecha, dieciséis (16) de diciembre de 2005, es decir, que el penado ha estado detenido por diez (10) meses y seis (6) días, lapso que deberá descontarse del tiempo de su condena, conforme al artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera que al mismo le falta por cumplir tres (3) años, un (1) mes y veinticinco (25) días de prisión, que terminará de cumplir el día diez (10) de febrero de 2009.
Por otra parte, se evidencia que el penado puede optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, siempre y cuando reúna todos los requisitos exigidos en el mencionado artículo. A tales fines, se acuerda solicitar los antecedentes penales que pudiera registrar el penado, por ante la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, y la realización de un informe psicosocial en la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Coordinación Zonal N° 01, Región Andina, enviándoles al Jefe de la mencionada Unidad, copias certificadas de la sentencia definitivamente firme (folio 226 al 237) y de la presente decisión. Envíese oficios para tales efectos.
Con respecto a la orden de destrucción de las sustancias ilícitas decomisadas en el presente proceso, descritas en las experticias químicas N° 9700-067-LAB-128 y 9700-067-LAB-129, suscritas por la experta Yasmín Morales, adscrita Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación de Mérida, este Tribunal acuerda oficiar a la Fiscalía Decimosexta del Ministerio Público de esta Entidad Federal, a los fines de que inicie el procedimiento descrito en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ya que este Tribunal no es competente para destruir las sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Ofíciese lo conducente.
Notifíquese al Ministerio Público y a la defensa sobre el contenido de este auto y al penado quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina. Ofíciese lo conducente a los organismos indicados ut supra. Ofíciese a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, remitiéndole copias certificadas de la presente decisión. Certifíquese por secretaría copia de esta decisión. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 03
Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria
Se libraron boletas de notificación N° ___________________________, y se enviaron oficios N° ____________________________, cumpliendo lo ordenado.
La Secretaria
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