REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SECCION DE ADOLESCENTES. MERIDA; seis de diciembre del año 2005.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
195º y 146º
CAUSA Nº C1- 568 -03.
ASUNTO: CONVERSION DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL A SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE INFORMACION OMITIDA
Revisadas como han sido las presentes actuaciones este Tribunal para decidir observa:
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y transcurrido el lapso de un (01) año desde la oportunidad en que se dictó el sobreseimiento provisional, este Juzgado a los efectos de proceder a realizar la conversión a sobreseimiento definitivo a tenor de lo pautado en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procede ha realizar los siguientes pronunciamientos:
Corre inserto a los folios ochenta y siete (87) al ochenta y nueve (89) auto mediante el cual se decretó el sobreseimiento provisional a favor del imputado INFORMACION OMITIDA, en virtud de la solicitud que hiciese la Fiscal del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado y la madre de la victima.------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ahora bien, desde la fecha en que se dictó el sobreseimiento provisional, vale señalar, 02 de diciembre del año 2004, hasta la presente fecha 06 de diciembre de 2005, no se ha solicitado la reapertura de la investigación, por tanto, de conformidad con el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el sobreseimiento definitivo emerge como la figura jurídica aplicable.----------------
El articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente establece:
“Si dentro del año de dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura del procedimiento, el Juez de Control pronunciará el sobreseimiento definitivo”. (Cursivas y negrillas nuestras).-----------------------------------------------------
El caso en estudio, se trata de un sobreseimiento basado en una causal de mero derecho, cuya constatación es posible efectuar de las actas del proceso, ya que basta con revisar el auto donde se acordó el sobreseimiento provisional, para comprobar que efectivamente ha transcurrido más de un (1) año desde la fecha en que se dictó el fallo y no se ha solicitado la reapertura del procedimiento; en tal virtud se prescinde de la convocatoria de una audiencia especial para debatir sobre la solicitud formulada, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.--- -----------------------------------------------------------------------------------------------------
Conforme a lo expresado, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A FAVOR DEL CIUDADANO INFORMACION OMITIDA, por los hechos ocurridos el día 14 de marzo del año 2003, cuando la niña MARIANA MARQUEZ MUÑOZ, fue sometida a abuso sexual, pues conforme al informe médico presentó una lesión en el esfínter anal, en el punto doce (12) según la esfera del reloj en posición genupectoral ( F.7).---------------
Notifíquese a las partes de la presente decisión y transcurrido el lapso sin que éstas hagan uso de los recursos conforme a ley, se ordena su remisión al archivo respectivo. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
Firme la decisión remítase oficio al Director del Cuerpo de investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, para que registre la información. CUMPLASE.--

LA JUEZA (P) EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1.

ABOG MELISA QUIROGA DE SANCHEZ
LA SECRETARIA

ABOG. YURIMAR RODRIGUEZ CANELON

En fecha_________________/05 y conforme al auto que antecede se libraron boletas de notificación Nros. _________________/05.

LA SECRETARIA