REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y MENORES
GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, seis (06) de diciembre del año dos mil cinco (2.005).-
195º y 146º
Vencido como se encuentra el lapso para que las partes hagan uso de la facultad de solicitar aclaraciones o ampliaciones, o interpongan los recursos contra la decisión de fecha 15 de noviembre de 2.005, de conformidad con lo establecido en los artículos 252 y 314 del Código de Procedimiento Civil, se declara firme la misma y se acuerda bajar el expediente al Tribunal de la causa, por cuanto este Tribunal considera que no existen mas actuaciones que realizar. Así se decide. Certifíquese copia del presente auto; remítase el presente expediente con oficio y désele salida.
El Juez Temporal,
Homero José Sánchez Febres.
La Secretaria,
María Auxiliadora Sosa Gil.