REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y MENORES

GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, seis de diciembre de dos mil cinco.

195° y 146°

Vista la diligencia de fecha 29 de noviembre de 2005, que obra al folio 236, del expediente, suscrita por el abogado MAXIMIANO CONTRERAS ANGULO, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GLORIA GLAMARI CONTRERAS, representante legal de la niña LUISA GLAIMAR ACEVEDO, parte demandada en el presente juicio, mediante la cual anuncia RECURSO DE CASACIÓN, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15 de noviembre del presente año, que cursa a los folios 218 al 235, y por cuanto tal anuncio fue interpuesto dentro del lapso previsto en el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, y dicha decisión es recurrible, SE ADMITE dicho recurso cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, remítase con oficio original del presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en la ciudad de Caracas, debiéndose dejar copias fotostáticas certificadas de la sentencia recurrida que, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 522 del Código de Procedimiento Civil ha de quedar en este Tribunal. En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 315 eiusdem, se deja constancia que el día 1° de diciembre del año en curso, vencieron los diez (10) días de despacho previstos legalmente para el recurso de casación, y que hoy, 06 de diciembre del corriente año, es el primer día siguiente al vencimiento de dicho lapso.

El Juez Temporal,

Homero Sánchez Febres.
La….

Secretaria,