REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, seis de diciembre de dos mil cinco.-
195º y 146º
Visto el escrito obra a los folios del 89 al 93 del presente expediente, de fecha 07 de noviembre del presente año, suscrito por los ciudadanos ELDA MARIA DURAN viuda de ZAMBRANO y YORMAN GUILLERMO ZAMBRANO DURAN, asistidos por el abogado Uslar Méndez Dugarte, quien también actúa en nombre y representación de los ciudadanos YOVANY ZAMBRANO DURAN y YORGENIS ZAMBRANO DURAN, parte demandante y la ciudadana YOLIBETH ZAMBRANO DURAN, asistida por el abogado Jesús Alonzo Gómez Carrero, como parte demandada, éste Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la TRANSACCIÓN hecha por las partes en el presente juicio, dándosele el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. E igualmente se levanta la medida de SECUESTRO decretada por éste Tribunal en fecha 26 de mayo de 2004, la cual fue practicada en fecha 08/07/04 por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; asimismo se acuerda expedir dos copias computarizadas certificada de los folios 89 al 93 y del presente auto y desglocese los folios 06 al 32 y 59, en su lugar déjese copia debidamente certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, hecho lo cual entréguese al interesado. Agréguese el cuaderno de Medidas al Expediente Principal, corrijase la foliatura y archívese el mismo.
El Juez Provisorio,
Abg. Ismael Gutiérrez Ruiz,
La Secretaria
Abg. Sandra Contreras.-