GADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veinte de Diciembre de Dos Mil Seis.

195° y 146°

Visto el desistimiento suscrito por la parte actora, en fecha 15 de Diciembre de 2.005, es por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento suscrito por la Abg. EULALIA garcía Soto, representante de la parte actora, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ;



ABG. FRANCIA M. RODULFO A.

EL SECRETARIO:


ABG. JOSE R. RONDON M.

MCGD.-