REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida ocho de diciembre de dos mil cinco.-
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha 02 de diciembre de 2005, que obra al folio once (11) del expediente, en la cual la Abogado JAQUELINE VILLAMIZAR GARCÍA con el carácter de parte actora, desiste de la demanda en el presente juicio y por cuanto el desistimiento no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de embargo decretada en fecha 10 -11 -2005., conforme a lo solicitado se ordena el desglose del titulo valor que obra al folio cinco (5), y se deja en su lugar copia fotostática debidamente certificada, se da por terminado el juicio, y se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. RORAIMA MENDEZ DE MAGGIORANI.

EL SECRETARIO


ABG. JESUS ALBERTO MONSALVE.