REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. Mérida, treinta y uno de Enero del año dos mil cinco.

194º y 145º


VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos BIAGNEY DEL CARMEN ORTEGA MONCADA y FRANKLIN RAMON RAMIREZ ARELLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.220.477 y V-12.048.582, respectivamente, residenciados en el Barrio Monseñor Moreno, Calle Principal, frente a la Casilla Policial, casa s/n, Municipio Tovar del Estado Mérida y El Corozo, Carrera 8 con Calle 6, N° 6-7, Municipio Tovar del Estado Mérida, por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, Municipio Tovar, Estado Mérida, en fecha doce (12) de Noviembre del año dos mil cuatro, quienes en su condición de padres de los niños Omitir nombres, de siete (07) y cuatro (04) años de edad, en su orden, convinieron voluntariamente en establecer un Régimen de Visitas a favor de sus hijos en los siguientes términos: El padre ciudadano FRANKLIN RAMON RAMIREZ ARELLANO, podrá visitar a sus hijos el día miércoles a partir de las 5:00 p.m. hasta las 8:00 de la noche y los días sábados y domingos desde las 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.. En cuanto a las vacaciones escolares de navidad y fin de año, se establece: en Navidad los tendrá el padre y en Año Nuevo (fin de año) la madre y al año siguiente alternado, es decir, en Navidad la madre y en Año Nuevo el padre y así consecutivamente. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos BIAGNEY DEL CARMEN ORTEGA MONCADA y FRANKLIN RAMON RAMIREZ ARELLANO, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños Omitir Nombres, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01.


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA.

LA SECRETARIA TITULAR


ABG. ANA LEONOR PEÑA ROJA.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.-


Fcv/11362.-