REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 11 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2004-000719
ASUNTO : LP01-P-2004-000719


Por cuanto en fecha 14 de Diciembre del año 2004 se celebró audiencia, a fín de tener lugar la proposición del acuerdo reparatorio entre los ciudadanos KENDER ALSENIIO GONZALEZ Y FRANKLIN PEDRO MARQUEZ MORA y la ciudadana ANA VICTORIA ROJAS ALBARRAN, habiéndose homologado mediante decisión judicial, el acuerdo arrojado entre las partes, estando pendiente en la presente causa, la solicitud de entrega de un vehiculo Clase Automóvil, Placas XEY-638, Marca Fiat, Modelo Uno, Año 1.987, tipo Coupé, Color Negro, Serial de Carroceria 0106243, Serial del Motor 24211363 por parte del ciudadano JESUS MANUEL RIVAS PEREIRA, venezolano, mayor de edad, tittular de la cédula de identidad No 12.618.353, efectuado como ha sido la revision a la tradición legal del vehiculo en cuestión como a las ventas sucesivas del mismo, el tribunal ha podido corrobar que en efecto, el mismo hubo a traves del contrato de opción de compra- venta realizado entre el ciudadano EDUARDO JOSE PAREDES ARAQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 13.559.484 y el ciudadano Jesús Manuel Rivas Pereira mediante documento autenticado en la Notaría Novena de la del Estado Zulia y presentado para igual trámite por ante la Notaría Primera del Estado Mérida en fecha 10 de Octubre del Año 2003, en razón de la cual considera el tribunal, la pertinencia de la entrega del mismo, en calidad de posesión precaria al ciudadano solicitante Jesús manuel Rivas Pereira, en conformidad con la facultad concedida a los funcionarios judicial en el articulo 311 del código orgánico procesal penal.

En consecuencia, éste Tribunal de Control No 4 del Circuito Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, hacer la entrega en calidad de custodia al ciudadano JESUS MANUEL RIVAS PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 13.559.484 de un vehiculo Clase Automóvil, Placas XEY-638, Marca Fiat, Modelo Uno, Año 1.987, tipo Coupé, Color Negro, Serial de Carroceria 0106243, Serial del Motor 24211363 debiendo legitimar el vehiculo mediante la operación de venta a fín de poder disponer en el uso y disfrute del mismo, así como enajenar y gravar dicho bien mueble, ordenando oficiar al Estacionamiento Grúas Satelite a objeto de materializar la correspondiente desposesión del garaje en deposito donde el mismo actualmente se encuentra asignado. PUBLIQUESE. OFICIESE.
EL JUEZ,

ABOG. BRADY ARAMBULO TORRES


LA SECRETARIA,

ABG. MARIA MILAGROS LEON M