REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 24 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: LP01-S-2004-000943
ASUNTO: LP01-S-2004-000943

Visto el escrito presentado por la ciudadana abogado MARIA CAROLINA COLOMBI SPINETTI, en su condición de Fiscal (A) adscrito a la Fiscalía Décima del Ministerio Público de esta entidad judicial del Estado Mérida, mediante la cual con la facultad que le confiere el numeral 10 del articulo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, solicita el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JOSE MARTIN ESTEVA BERNAL, fundamentando la misma en el articulo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la imposibilidad jurídica y material para incorporar nuevos elementos a la investigación, en uno de los delitos de CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES CULPOSAS GRAVES), previsto y sancionado en el articulo 422 numeral 2° del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ALBERTO RIVAS.
Con efecto, la averiguación se inicio en fecha 04 de Octubre de 2.002, por la Unidad Estatal de Transito Terrestre Nro. 62 del Estado Mérida, la cual señala: “…que se produjo una colisión de vehículo y una motocicleta, con saldo de una persona lesionada, la cual fue ingresada al Hospital Universitario de Los Andes y quedó bajo observación médica…” De los estudios realizados a las actuaciones de la presente causa se puede apreciar que ya no existen suficientes elementos de convicción, rastros, evidencia o testigos y no existen la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, por lo que ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud fiscal de sobreseer la presente causa tal como lo prevé el ordinal 4 del articulo 318 1del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Por las razones que anteceden este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal de Mérida Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del imputado JOSE MARTÍN ESTEVA BERNAL, con fundamento en el artículo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, por encontrarse llenos los extremos de dicha norma adjetiva, por la presunta comisión en uno de los delitos de CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES CULPOSAS GRAVES), previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ALBERTO RIVAS. REGISTRESE, PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE.


EL JUEZ,


ABG. BRADY ARAMBULO TORRES
LA SECRETARIA

ABG………………………………..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron boletas dnotificación Nos. 68.840, 68.841 y 68.842.

Sria.