REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía
Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01
El Vigia, 26 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2003-000073
ASUNTO : LP11-P-2003-000073

EJECUTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme, como ha quedado la Sentencia Absolutoria, dictada por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, de fecha 15-12-2004 en causa seguida al ciudadano JESUS MANUEL MUÑOZ ROJAS, venezolano, casado, agricultor, titular de la cédula de identidad N° 3.960.622, natural de la Azulita Estado Mérida, de 53 años de edad, nacido en fecha 11-06-50, residenciado en la Hacienda "La Trinidad" Sector El Zumbador, Municipio Ramos de Lora Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal en perjuicio del occiso Carlos El Barouki Araque, y recibida como ha sido por este Despacho, el presente asunto penal, a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en la parte Dispositiva de la Sentencia pronunciamiento Segundo y Tercero, (Folios 1.855 y 1.856) en lo referente: 1.- al decomiso y por consiguiente la remisión de las armas de fuego y accesorios descritos pormenorizadamente a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) para la destrucción de las mismas; 2.- La entrega del dinero incautado, consistente en la cantidad de Setenta y Tres Mil Novecientos Ochenta Bolivares, (Bs. 73.980,00), a quien acredite su propiedad o posesión por cualquier medio idóneo, en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se deja constancia mediante Acta de Inspección (Folios 1860 y 1861) de fecha 25-01-2005, practicada en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación El Vigía Estado Mérida, Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias Físicas, (antes Depósito de Objetos recuperados) con la finalidad de verificar la existencia de las armas y demás objetos discriminados en la parte Dispositiva de la Sentencia objeto del presente ejecútese, a tal efecto, el funcionario Jefe de dicha sala señala: "que dichas armas objeto del presente ejecútese fueron remitidas al Extinto Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Penal con sede en la Ciudad de El Vigía en fecha 24-03-1998 según Oficio N° 2634, relacionados en las planillas de Remisión de Objetos recuperados N° 67 de fecha 27-02-1998, Expediente F-025.966 y planilla N° 73 de fecha 04-03-98 Expediente F-025.966 insertos a los folios 11 y 77 del presente asunto penal. Segundo: De la revisión exhaustiva de la presente causa (09 piezas), corre a los folios 676, 678 y 679 (pieza 03), actuaciones correspondientes al Juzgado Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, donde se deja constancia que en el mes de marzo del año 1999 el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Púlico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en El Vigía, fue objeto de un Hurto de Armas de Fuego (Pistolas, Revolveres, Escopetas) y otros objetos que se encontraban en el Despacho, quedando pocas armas (escopetas) los cuales fueron enviados de inmediato al Parque Nacional de Armas entre ellos: 1.- Una (01) Escopeta marca Ruger calibre 16, serial N° 2451 (y no 2461 como aparece en el oficio) y 2.- una (01) Escopeta HAR sin marca ni serial aparente que guardan relación con el N° 98-5.684 (F-025.966), instruido contra JESUS MANUEL MUÑOZ ROJAS, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, cometido en perjuicio de Carlos El Barouki Araque, las demás armas (1 revolver marca Smith Wesson, calibre 38 modelo N° 10-5) fueron hurtadas..." enviados al Parque Nacional según acta (Folios 778 y 779) en fecha 16-03-99 oficio N° 0451-767. En consideración a lo antes expuesto, este Tribunal en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Unipersonal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, NO tiene armas que remitir a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) para la destrucción de las mismas. Tercero: En cuanto a la cantidad de dinero, que asciende a la cantidad de Setenta y Tres Mil Novecientos Ochenta Bolivares (Bs. 73980,00). la bolsa de material sintético transparente y una correa de cuero de color marrón marca Levis, se acuerda notificar a los ciudadanos Jesús Manuel Muñoz Rojas, Fanny Araque de Barouke y Foaud El Barouke a los fines de que acrediten la propiedad de estos bienes los cuales guardan relación con Expediente F-025.966 planilla de remisión N°67 de fecha 27-02-98, a los fines de que se presenten ante este Tribunal acreditando la propiedad o posesión de los mismos. Líbrese las respectivas boletas de notificación. Cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------------------
Juez de Ejecución N°01


Abog. Carmen Aida Velazquez Maldonado
La Secretaria(o)