GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DE MENORES Y DE AMPARO CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, a los veintisiete (27) días del mes de Enero del año Dos mil cinco (2.005).-

194° Y 145°

Vista la Inhibición propuesta, por el Dr. DANIEL MONSALVE TORRES, Juez Provisorio del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 10-11-04, inserta al folio 120, de conocer el presente juicio por cuanto; de la revisión de las actas procesales evidenció que, en la presente causa funge como co-apoderada judicial de la parte demandada el abogado KAVIER CELIPE SALAS VALECILLOS, con quien mantiene sentimientos de enemistad manifiesta, surgidos el 09-11-04, en virtud de la conducta ofensiva e irrespetuosa hacia su persona, asumida por la mencionada profesional de derecho, relacionado con el expediente N° 02388 que cursa por ante ese despacho; y por cuanto tal hecho compromete su serenidad de ánimo e imparcialidad para entrar a conocer en el presente juicio, fundamenta la causal de Inhibición en el Artículo 82, numeral 18 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 84 “eiusdem”. Este Tribunal, para resolver observa: Que la inhibición propuesta por el Dr. DANIEL MONSALVE TORRES, está hecha en forma legal y fundamentada, por lo tanto, es procedente declarar CON LUGAR, y este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Menores y de Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa. Déjese copia de la presente decisión, remítase un ejemplar al Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial. -
El Juez Provisorio,
DR. JUAN LATOUCHE MARROQUI

La Secretaria,
SRA. EDILIA M. BRICEÑO PAREDES

Cumpliendo con lo ordenado, en esta misma fecha, se remite el ejemplar, en copia certificada, al Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Mérida, mediante oficio N° 0480- .-

BRICEÑO PAREDES. Sria Acc.
Cccy.-