REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control No 4 del Circuíto Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 10 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-000488
ASUNTO : LP01-P-2005-000488

Celebrada como ha sido la Audiencia de Calificación de Flagrancia, previa solicitud de la Fiscal (A) Segundo del Ministerio Público abogada ANA TERESA FERMIN, adscrita a la Fiscalía Segunda del Ministerio Püblico de ésta entidad Judicial en contra del imputado JOSE ORLANDO TORRES ALVAREZ por la comisión de los delitos de LESIONES LEVES Y ROBO PROPIO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en los articulos 418, 457,80 del código penal. Este Tribunal de Control Nº 4 del Circuíto Judicial Penal, admite dicha solicitud considerando que concurren las circunstancias previstas en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que ordena la aplicación del Procedimiento Especial respectivo previsto en los articulos 372 y 373 del código orgánico procesal penal en conformidad con el artículo 249 Ejusdem. Con relación a la medida cautelar solicitada ante este Tribunal, estima que la conducencia de ella, en virtud que se trata de un trasgresor primario, por lo que nada obsta para su procedencia, sin embargo, a fín de garantizar la comparecencia a los actos procesales por venir, así como garantizar una conducta cónsona de un individuo subjudice, el tribunal La Acuerda, pero bajo la modalidad contemplada en el articulo 258 del código orgánico penal, esto es caución personal, por lo que deberá el ciudadano José Orlando Torres Alvarez, presentar dos fiadores que avalen su conducta a futuro, así como la garantía de su asistencia a los actos procesales proximo a realizar, luego de lo cual se otorgará el egreso del retén policial donde permanecerá en calidad de depósito.
En consecuencia, éste Tribunal de Control No 4 del Circuíto Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA, la aprehensión en situacion de flagrancia del imputado JOSE ORLANDO TORRES ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 18.125.310 habiendo incurrido con su proceder en los delitos de LESIONES LEVES, ROBO PROPIO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en los artículos 418, 457 y primer aparte del artículo 80del código penal, por lo que su tramitación una vez decretado la aprehension en situación de flagrancia la persecución penal deberá hacerse por vía del procedimiento especial abreviado tal como lo señala las normas de los articulos 372 y 373 del código orgánico procesal penal, ordenando la remisión de las actuaciones precedentes al tribunal de juicio que haya de conocer a fín de fijar la fecha de la celebración del juicio oral y público. PUBLIQUESE. NOTIFIQUESE. REMITASE.


EL JUEZ,



ABOG. BRADY ARAMBULO TORRES




LA SECRETARIA,


ABG. MARIA MILAGROS LEON M