REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 18 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-1999-000067

De la revisión de las presentes actuaciones, este Tribunal observa:

1°. Que el ciudadano Jairo José Hernández fue condenado por el Juzgado de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a cumplir la pena de 8 años de presidio por la comisión del delito de robo agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal.

2°. Que en fecha 17 de diciembre de 2004, el Tribunal dictó auto mediante el cual se redimió la pena por el trabajo y el estudio del penado Jairo José Hernández, y se determinó que el mismo había cumplido la totalidad de la pena impuesta, razón por la cual se libró la correspondiente boleta de excarcelación. Así las cosas, lo ajustado a derecho es extinguir la responsabilidad criminal del penado, a tenor de lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, que dispone: “El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal”. Así se decide.

Decisión: En consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del penado Jairo José Hernández, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.286.120.

Notifíquese a las partes. Remítase la presente causa al archivo central para su guarda y custodia, por no tener este Juzgado más diligencias que practicar. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 03

Abg. Gustavo José Curiel Salazar
La Secretaria.



Se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, y se libraron boletas de notificación N° ____________________________.

La Secretaria