REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 22 de Febrero de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-1999-000170
Por cuanto se realizó la revisión exhaustiva de la presente causa, en la que figura como penada Gloria María Rodríguez, observándose que hasta la presente fecha la misma no ha sido capturada por los organismos de seguridad del Estado, a pensar de haberse librado en su contra las correspondientes órdenes de aprehensión en fecha 15 de mayo de 2002, por cuanto se le revocó la suspensión condicional de la ejecución de la pena, por incumplimiento de las condiciones que le fueron impuestas, y por cuanto desde que la sentencia condenatoria dictada en contra de la penada se declaró definitivamente firme (12.02.1998), hasta el día de hoy (22.02.2005), han transcurrido siete (7) años y diez (10) días, lo cual excede el lapso de prescripción de la pena contemplado en el artículo 112, numeral 1°, del Código Penal, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, declara la prescripción de la pena impuesta a la penada Gloria María Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° E-81.478.914, residenciada en La Vega de Los Maitines, N° 2-36, Puente La Pedregosa, Mérida, Estado Mérida.
Notifíquese a las partes lo decidido en este auto. Ofíciese a los organismos de seguridad del Estado, a los fines de dejar sin efecto las órdenes de aprehensión dictadas en fecha 15.05.2002 (reverso del folio 173). Certifíquese por secretaría copia de esta decisión. Remítase la presente causa al archivo central para su guarda y custodia. Cúmplase.
El Juez de Ejecución Nº 03
Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria.
Se cumplió con lo ordenado y se libraron boletas de notificación N° _________________________y oficios N° ___________________________.
La Secretaria.