JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida veinticuatro de Febrero de 2005.-
194º y 146º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: ALICIA DEL CARMEN MALDONADO DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números, V-672.275, de este domicilio y civilmente hábil, asistida por la abogado en ejercicio RAMONA COROMOTO DÁVILA PEÑA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 58.293, de este domicilio y civilmente hábil, mediante la cual solicita se les declare a ella en su condición de cónyuge y a sus hijos JESUS ENRIQUE MARTINEZ MALDONADO Y LUIS JAVIER MARTINEZ MALDONADO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.029.744, V-8.036.379, respectivamente, del causante EVELIS MARTINEZ MEDINA, quien era esposo y padre de la solicitante y padre de los ciudadanos antes mencionados, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-666.078, y quién falleció el día 21 de Septiembre de 2004 según consta en acta de Defunción que anexan a la presente solicitud. Se admitió la solicitud se le dio el curso de Ley correspondiente en fecha 26 de Noviembre 2004, y se ordenó la declaración de testigos, para lo cual se remitió original la solicitud, correspondiéndole por distribución al Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en donde declararon como testigos los ciudadanos: ROSA ANGELICA ROA, y MIRIAN RANGEL, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-2.457.306 y V-8.040.235, respectivamente, domiciliadas en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábiles, quienes estuvieron contestes en afirmar con diferencias de palabras que: Conocen de vista trato y comunicación a la solicitante y a sus hijos desde hace varios años, que igualmente conocieron en vida al ciudadano EVELIS MARTINEZ MEDINA, desde hace mucho tiempo, que les costa que la ciudadana Alicia del Carmen Maldonado de Martínez, era su legítima cónyuge y los ciudadanos Jesús Enrique y Luis Javier Martínez Maldonado son los únicos hijos del prenombrado causante, Que les consta que el ciudadano Evelis Martínez Medina murió el día 21 de septiembre de 2004, Que igualmente les consta que el causante antes mencionado no tuvo otros hijos, ni legítimos, ni naturales , ni adoptivo, ni reconocidos. Estas declaraciones el Tribunal las aprecia de conformidad con el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos ALICIA DEL CARMEN MALDONADO DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números, V-672.275, a, JESUS ENRIQUE MARTINEZ MALDONADO Y LUIS JAVIER MARTINEZ MALDONADO, del causante EVELIS MARTINEZ MEDINA. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
Devuélvanse al interesado las presentes actuaciones originales. Désele salida.
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. ANTONINO BALSAMO G.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NELLY RAMIREZ CARRERO.
Cas.-
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