REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Ejido, veinticuatro (24) de febrero de dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Visto el convenimiento suscrito por las partes, plenamente identificadas en autos y que corren insertos a los folios 20 y 2^1 con sus vueltos, del expediente signado bajo el No. 2287, este Juzgado de los Municipios Campo Filias y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el artículo del Código de Procedimiento Civil, acuerda por no ser dicho convenimiento, contrario a derecho, al orden publico ni a las buenas costumbres, La HOMOLOGACIÓN del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto se de Cumplimiento con lo convenido.- CUMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. YULIO J. SOLORZANO R. EL SECRETARIO,
ABG. HUGO OSLEY CONTRERAS DELGADO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en al auto anterior.
CONTRERAS DELGADO SRIO.
YJSR/hocd/ dc.
EXP. No 2287