REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, jueves veinticuatro de febrero de dos mil cinco.-

194° y 146°

Vista la diligencia suscrita por los Ciudadanos: GIL SUESCUN LUCAS EVANGELISTA, representante legal de la Empresa Mercantil FERREGIL C.A., asistido por el abogado HENRY D. RODRÍGUEZ RIVERO, parte demandante y PABLO EMILIO NOGUERA RANGEL, representante legal de la Empresa VENCOL S.R.L., asistido por el abogado OSCAR R. SOSA ROJAS, en su carácter de parte demandada en el presente juicio, mediante la cual deciden poner fin al juicio mediante una transacción. En consecuencia, este Tribunal le imparte su homologación y le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. En tal virtud, se da por terminado el presente juicio, se ordena el archivo del expediente y se ordena dejar copia certificada de este auto.-
LA JUEZ PROVISORIO,




Abg. RORAIMA MÉNDEZ DE MAGGIORANI.-


EL SECRETARIO



Abg. JESÚS ALBERTO MONSALVE.


En la misma fecha se archivó el expediente y se dejó copia certificada del auto.-

EL SECRETARIO,


Abg. JESÚS A. MONSALVE.