TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02 Mérida, Dos de Junio del año dos mil Cinco.-



195º y 146º


Revisado como ha sido el presente expediente y visto las conclusiones del Informe Social, inserto al folio 52, suscrito por la Trabajadora Social Lic. Giovanna Suárez, en el cual considera importante que se debe mantener la Colocación Familiar y Representación Legal del niño OMITIR NOMBRE, de cuatro (04) años de edad, en el hogar de la tía materna ciudadana ELBA JOSEFINA MARQUEZ RAMIREZ, En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA RATIFICAR la Colocación Familiar y Representación Legal del niño OMITIR NOMBRE, en el hogar de la tía materna ciudadana ELBA JOSEFINA RAMIREZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. CÚMPLASE.-------------------------
LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO Nº 02


ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

Fm/4517