REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO No 02.
Mérida, Veintidos de Junio del año dos mil cinco.
195º y 146º
VISTO: El convenimiento suscrito en fecha doce (12) de abril del dos mil cinco, por ante la Fiscalia Novena de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por los ciudadanos: IRMO ROJO Y YENIFER VANESSA RONDON ALARCON, Venezolanos, mayores de edad,, divorciado y soltera en su orden, ambos estudiantes, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.700.814 y 16.655.517, domiciliados el primero en el Sector La Milagrosa, pasaje 1º de Mayo, segunda escalera, casa Nº 1-38 del Estado Mérida y la segunda en la Residencia Centenario, bloque 10, piso 2, Apto. 28, Ejido Estado Mérida, en su condición de padres de la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, de un (01) año de edad, exponen: El padre: “Buscará todos los fines de semana a mi hija, ya sea un sábado o un domingo desde las 12:00 m y la retornaré a las seis 6:00 p.m. Presente la madre de la niña, expone: Estoy de acuerdo con lo establecido en cuanto al Régimen de Visitas a favor de mi hija. Es por lo que solicitamos ante este Despacho se tramite ante el tribunal de Protección la HOMOLOGACIÓN DEL RÉGIMEN DE VISITAS. Teniendo esta acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad con el articulo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento de Fijación de RÉGIMEN DE VISITAS, suscrito por los ciudadanos: IRMO ROJO Y YENIFER VANESSA RONDON, Plenamente identificados en autos, a favor de la niña OMITIR NOMBRE. Se le da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente-------------
LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO No 02
ABG. GLADYS JASPE DE OCANDO.
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.-
Jv/012128.