REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, 29 de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ACTA DE MEDIACION


N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2004-000024
PARTE ACTORA: Hedí Jonathan Araujo Avendaño, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.238.335, de este domicilio y hábil
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA VIRGINI PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.952.121 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.173, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: Multiservicios Intelcons, C.A., en la persona del ciudadano Tony José Alvarado Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.469.270, en su carácter de Gerente de la presente demandada, de este domicilio y hábil
ABOGADOS ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LUS ALFONSO CHOURIO GARCIA Y MARCO VINICIO REY MANTILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 73.699 y 39.298 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.



En el día hábil de hoy, miércoles 29 de junio de 2005, siendo las tres de la tarde, día y hora fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, previo pregón de Ley dado por el alguacil, comparecieron: el ciudadano EDDY ARAUJO AVENDAÑO asistido por la Procuradora Especial de los Trabajadores en el Estado Mérida abogada MARÍA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ, ya identificadas, igualmente se encuentra presente el ciudadano TONY JOSE ALVARADO SALAZAR, en su condición de representante de la parte demandada MULTISERVICIOS INTELCONS C.A. , asistido por el abogado en ejercicio LUIS ALFONSO CHOURIO GARCIA, ya identificados Dándose así inicio a la prolongación de la audiencia preliminar. Acto seguido la ciudadana Jueza que preside la audiencia le manifiesta a las partes presentes el objeto de esta audiencia y su finalidad, en tal sentido las insta para que hagan uso de uno de los medios de solución alternativa de los conflictos contemplados en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto se le concede el derecho de palabra a la parte demandada y concedido como le fue expuso: “ En este acto la parte demandada hace el ofrecimiento de pago íntegro de la cantidad demandada, es decir la cantidad de Bs. 1.700.000,00 en forma fraccionada, mediante pagos parciales a realizarse según el siguiente cronograma: seis pagos parciales el primero de los cuales se efectuara en fecha 15 de julio de 2005 por un monto de Bs, 400.000,oo; y los sucesivos pagos por un monto de Bs 260.000,oo cada uno, se pagarían en las siguientes fechas 29 de agosto de 2005,29 de septiembre de 2005, 28 de octubre de 2005, 29 de noviembre de 2005 y 29 de diciembre del año en curso. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte actora, concedido como le fue expuso. Visto el ofrecimiento realizado por la parte patronal acepto los pagos convenidos realizando los mismos en la sede de este tribunal En este estado ambas partes solicitan se homologue la presente transacción y se nos haga entrega de las pruebas consignadas al inicio de la presente audiencia. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA en vista de que la mediación ha sido positiva administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda homologar la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio, y se abstenga de archivar el expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la última obligación contraída Expídase copias certificadas.-
Cópiese y publíquese. Dada Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida a los veintinueve (29) días del mes de junio del año Dos Mil Cinco (2005). Años: 195º de la independencia y 146º de la Federación.


LA JUEZA,

ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO


PARTE ACTORA

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ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA

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REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA
EL…
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ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,
ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO

En la misma fecha se cumplió se certificaron las copias ordenadas y se dictó la presente decisión siendo las 4:00 de la tarde

LA SECRETARIA,
ABOG. YURAHI GUTIERREZ