REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, 30 de junio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LH21-L-2000-000012

ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2000-000012

PARTE ACTORA: BLANCA MARGARITA RIVAS CONTRERAS, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.297.511, de este domicilio.-


PARTE DEMANDADA: R.A.C. PROYECTOS Y DESARROLLOS, SOCIEDAD ANONIMA.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN PEDRO QUINTERO MORENO Y MARIA LOURDES MONZON MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos. 8345 y 96.999, respectivamente

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

En el día hábil de hoy 30 de Junio de 2005, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, previo pregón de Ley dado por el alguacil a las puertas del tribunal, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, solamente comparecieron la audiencia los abogados JUAN PEDRO QUINTERO MORENO Y MARIA LOURDES MONZON MOLINA, ya identificado. Dándose inicio a la audiencia y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITO DEL TRABAJO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Expídase la copia para su archivo, Es todo, terminó, se leyó y conformen firman, siendo las diez y treinta minutos de la mañana PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 196.

LA JUEZA

ABG. MARIANA APONTE QUINTERO


LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO

En la misma fecha se público la presente decisión, siendo las 10:45 am, publicó la anterior decisión.-

La secretaria
Yurahi Gutierrez Quintero