REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 7 de junio de 2005
195º Y 146º

EXPEDIENTE NP LP21-L-2005-000142
PARTE ACTORA: ROSARIO DEL CARMEN RONDON ROJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.353.682.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: EDILIO RAMON VALBUENA RAMREZ y VICTOR SEGUNDO MENDEZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 73.309 y 84.654.-
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES LOS CASINOS C.A, en la persona de su propietario JOSE GERARDO QUINTERO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.003.126-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YAJAIRA MERCEDES MADUEÑO CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.202.397, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.755

En el día hábil de hoy, martes 7 de junio de 2005, siendo las nueve de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, previo pregón de Ley dado por el alguacil, comparecieron: la ciudadana ROSARIO DEL CARMEN RONDON ROJO, asistido por los abogados en ejercicio EDILIO RAMON VALBUENA y VICTOR SEGUNDO MENDEZ RAMIREZ, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandante, según se evidencia de instrumento poder notariado consignado en original en este acto constante de dos folios útiles, a los fines de que sea agregado al expediente, ya identificados, igualmente se encuentra presente la abogada en ejercicio YAJAIRA MERCEDES MADUEÑO CARRERO, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, según se evidencia de instrumento poder notariado consignado en original en este acto constante de dos folios útiles, a los fines de que sea agregado al expediente. Dándose inicio a la audiencia preliminar. Acto seguido la parte demandante consigna escrito constante de dos (2) folios útiles y ocho (8) anexos, y por la parte demandada escrito constante de cinco (5) folios útiles y diez (10) anexos. En este acto se le concede el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada y concedido como le fue expuso: “La empresa Inversiones Los Casinos ofrece a la ciudadana ROSARIO DEL CARMEN RONDON ROJO, la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.600.000,oo), el cual será cancelado a través de un cheque de gerencia a nombre de la prenombrada ciudadana, para de esa manera finiquitar en la primera audiencia preliminar la reclamación de prestaciones sociales reclamadas por esta ciudadana, y hacemos constar que una vez que se realice el finiquito esta empresa no adeuda nada por ningún concepto a su ex trabajadora debidamente identificada en autos. Igualmente manifiesto que el día 8 en esta misma sala a las 11 de la mañana, se le hará entrega formal de dicha cantidad.” Es todo. Acto seguido se le concede el derecho de palabra a la parte actora y concedido como le fue expuso: “Acepto en este acto la oferta ofrecida por la representante judicial de la empresa Inversiones Los Casinos, suficientemente identificada en autos, y le solicito a este Tribunal que se abstenga de archivar la presente causa hasta que se cumpla con el pago total del pago de la oferta realizada por la mencionada empresa.” Es todo. Ambas partes solicitan se les haga entrega de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA en vista de que la mediación ha sido positiva administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda homologar la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio, y se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto conste en autos el pago de la obligación contraída. Se deja constancia de la entrega de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia. Expídase copias certificadas.-
Cópiese y publíquese. Dada Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida a los siete (7) días del mes de junio del año Dos Mil Cinco (2005). Años: 195º de la independencia y 146º de la Federación.
LA…
JUEZA,

ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO

PARTE ACTORA

_______________________________________
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA

________________________
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,
ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO

En la misma fecha se cumplió se certificaron las copias ordenadas y se dictó la presente decisión siendo las 11:30 de la mañana.

LA SECRETARIA,
ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO