REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dieciséis (16) de junio de dos mil cinco (2.005)
195º y 146º

ASUNTO: LP21-L-2005-000141

SENTENCIA DE DESISTIMIENTO

PARTE ACTORA: KARLY HERNADEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.524.572.
PARTE DEMANDADA: “ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR”
REPRESENTANTE DE LA ALCALDIA: VITILIO ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números 4.493.352 y domiciliado en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida, inscrito en el Inpreabogado bajo el número. 58.294
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales..


En el día hábil de hoy 16 de junio del 2005, siendo las once de la mañana (11:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA DE LA COMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDADA ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR representada en este acto por el Sindico Procurador Municipal Vintilio Rojas Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números 4.493.352 y domiciliado en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.294, se deja constancia que presentó Gaceta Municipal debidamente certificada en copias simples constante de (01 folio). Así mismo, el Síndico consigna copia simple de solicitud del cálculo de los conceptos laborales adeudados como consecuencia del Reenganche acordado a favor de la trabajadora Karly Juri Hernández para ser agregada a las presentes actuaciones. Este Tribunal deja expresa constancia de que la PARTE ACTORA no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución Tanto de Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146 °.


LA JUEZ,



Abg. Yajaira Rojas de Ramírez


LA PARTE COMPARECIENTE



La Secretaria


Abg. Egli Maire Dugarte Duran