ACTA

N° DE EXPEDIENTE: LH31-L-2005-000056
PARTE ACTORA: NIDA ESTHER BAYONA RINCON
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JULIO CESAR MARQUEZ ARIAS, REINA COROMOTO CHACÓN GÓMEZ
PARTE DEMANDADA: NELLY MARIA MOLINA DE VELASQUEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA :
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES.

En el día hábil de hoy lunes veintisiete (27) de junio de dos mil cinco, siendo las 10:10 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron la ciudadana: NELLY MARIA MOLINA DE VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 3.961.242, en su condición de parte demandada, quien se presento a la audiencia sin estar asistida de abogado; y el abogado JULIO CESAR MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 66.007, en su condición de procurador del trabajo quien se presento sin poder, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció, ni por sí, ni por medio de apoderado, a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, CERTIFIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez

La Secretaria
Abg. Reina Rosa Rondón Graterol
Abg. Ivett Aristimuño.





PROCURADOR DEL TRABAJO.



PARTE DEMANDADA.