REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 9 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2002-000373
ASUNTO : LP01-P-2002-000373

Visto el escrito presentado por el acusado Armando De la Rotta Aguilar, mediante el cual solicita a este Tribunal la ampliación del tiempo del régimen de presentaciones, debido a que debe comparecer ante la sede del Circuito cada 8 días y las mismas interfieren en su actividad laboral, de igual manera solicitó se deje sin efecto la medida de prohibición de salida del Estado Mérida, ya que por su profesión debe cumplir con actos en otras ciudades del país.
En tal sentido este Tribunal observa:
Único: que de la revisión del sistema Juris se evidencia que efectivamente el acusado Armando De la Rotta Aguilar está cumpliendo cabalmente con el régimen de presentaciones que en la oportunidad legal correspondiente se le impuso, lo que indica que el mismo responsablemente se ha sometido a las condiciones u obligaciones señaladas, para asegurar las resultas del juicio oral y público, motivo por el cual, este Tribunal considera que no hay inconveniente alguno en ampliar el régimen de presentaciones de 8 días a 15 días, es decir, se amplía el mismo por el lapso de 8 días.
En relación a la segunda petición del acusado de dejar sin efecto la medida de prohibición de salida de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, considera la que aquí decide, que no es procedente, ya que por cuanto el mismo está sometido a un proceso penal que conlleva a la fijación de diferentes actos, es fundamental que el acusado se encuentre constantemente en la ciudad de Mérida, por lo cual el Tribunal no acuerda la segunda solicitud del acusado.
En consecuencia este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: 1) amplía el régimen de presentaciones que debe cumplir el acusado Armando De la Rotta Aguilar, titular de la cédula de identidad N° 15.330.894, quien deberá presentarse cada 15 días ante la sede de este Tribunal. 2) No acuerda dejar sin efecto la medida de prohibición de salida del Estado Mérida y por ende del país.
Notifíquese a las partes y al acusado sobre el contenido de esta decisión. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.

La Juez (T) de Juicio N° 01

Abog. Marianina del Valle Brazón Sosa

La Secretaria

Abog. Carmen Matilde García Samaniego


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros:___________________________________________________
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Sria