REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SECCION DE ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA
TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCION
Mérida, primero (01) de junio de 2005
146º Y 195º
CAUSA: E1-215-03
ASUNTO: NIEGA AUTORIZACION.
MOTIVACION
VISTO. Cursa a los folios diligencia suscrita por el abogado donde solicita se autorice al joven IDENTIDAD OMITIDA a que acuda a la población del Vigía.
Para el tribunal para decidir observa:
Cursa a los folios (308 al 312) de las actuaciones, decisión de fecha 12-04-2005, donde el tribunal acuerda la sustitución de la privación de libertad por una medida menos gravosa, consistente en una libertad asistida la cual finaliza 12-04-2006, de la audiencia se desprendió que no era procedente que el mismo acudiera a la población del Vigía ya que la misma no le era favorable para el objetivo de la sanción, tomando en consideración que el joven estaba egresando de una privación de libertad y el factor de mayor riesgo para el joven era acudir a la Vigía,pues como se observó en las actuaciones el joven en una oportunidad se “evade” del lugar de internamiento y acude al Vigía y nuevamente incurre presuntamente en un hecho punible.
Considera esta juzgadora que efectivamente el joven debe ser mantenido preferente en su medio familiar, pero debe tenerse presente, que la misma se considera si se reúnen las condiciones para su desarrollo aunado a ello que el jóvenes apenas tiene pocos días de estar en libertad cumpliendo la sanción impuesta.
DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con el articulo 629, 630 letra “a” NIEGA el pedimento de la defensa con respecto a la autorización para que el joven acuda a la población del Vigía por los argumentos antes expuestos. Líbrese boleta de notificación al defensor público, Abg. Ciro García a la fiscalía 12MA del Ministerio Público y al adolescente. Diarícese, Regístrese y Cúmplase. -----------
LA JUEZ PROVISORIO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01.
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA,
MARIELA PATRICIA BRITO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
Conste, La Sria.