REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, catorce de junio de dos mil cinco.-
195º y 146º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos RAFAEL CECILIO CARTAY ANGULO Y MARIA EUGENIA BRICEÑO MARCHIANI, venezolanos, mayores de edad, profesor universitario el primero y comerciante la segunda, titulares de las cédulas de identidad números 2.504.739 y 4.917.023, domiciliados en Mérida, Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por la abogado LUISA MILAGROS LEAL PEROZA, titular de la cédula de identidad número 7.395.692, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.082, de este domicilio y jurídicamente hábil. Este Tribunal de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil Vigente, en concordancia con el artículo 759 y siguientes del Código Civil, homologa el acuerdo al que han llegado los ciudadanos RAFAEL CECILIO CARTAY ANGULO Y MARIA EUGENIA BRICEÑO MARCHIANI, en cuanto a la liquidación de los bienes adquiridos en vigencia de la Sociedad Conyugal. En consecuencia por ser procedente y por estar disuelto el vinculo matrimonial que existía entre los prenombrados ciudadanos con arreglo a la sentencia definitivamente firme, dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sala de Juicio, Jueza de Juicio N° 2, con sede en la ciudad de Mérida, en fecha 04 de febrero del año 2.005 y en tal sentido se declara liquidada la comunidad de bienes gananciales en los siguientes términos: PRIMERO.- Se le adjudica en plena propiedad, posesión y dominio a la ciudadana MARIA EUGENIA BRICEÑO MARCHIANI, un inmueble constituido por un terreno sobre el que se construyó la vivienda para el asiento principal de la familia ubicada en la Aldea Santa Bárbara Norte, cuyos linderos son: POR EL FRENTE: En una extensión de 20,08 mts con la calle El Tejar. COSTADO DERECHO: Con una extensión de 29,99 mts, con la propiedad de Alberto Tarff. COSTADO IZQUIERDO: Con una extensión de 29,99 mts, con la propiedad de Mary Dáger de Albornoz y por el FONDO: En una extensión de 20,00 mts con propiedad de Mary Dáger de Albornoz, según documento debidamente Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Libertador del Estado Mérida en fecha 21 de junio de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), anotado bajo el N° 584, folio 1170 del libro respectivo. Dicho inmueble tiene un valor de DOSCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 200.000.000,oo). SEGUNDO: Se le adjudica en plena propiedad, posesión y dominio a la ciudadana MARIA EUGENIA BRICEÑO MARCHIANI, un vehículo Marca: Toyota, Modelo: Corolla 1.6 m/t, Tipo: Sedan, año 2.001, Color: Gris, Clase: Automóvil, Uso: Particular, Serial del Motor: 4AM587766, Serial de Carrocería 8XA53AEB112010093; Placa: LAG73B, según se evidencia del Título de Propiedad número 3385992, emitido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones de fecha cuatro (04) de septiembre de dos mil (2.000). TERCERO: Se le adjudica en plena propiedad posesión y dominio al ciudadano RAFAEL CECILIO CARTAY ANGULO, un inmueble consistente en un apartamento distinguido con el N° 7-D. ESTE: Con fachada ESTE del edificio; OESTE: Con el apartamento 7-b y NORTE: Con fachada NORTE del Edificio, que conforma parte del CONJUNTO RESIDENCIAL SANTA BARBARA II ETAPA, ubicada en el camino que conduce a la Aldea Santa Bárbara, enlace con la Avenida Las Américas, Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, según documento Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Libertador del Estado Mérida de fecha 22 de diciembre de 2.003, anotado bajo el N° 43, folio 270 al 277, Tomo 38, del Protocolo Primero. Dicho inmueble valorado en la cantidad de NOVENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 90.000.000,oo). CUARTO: Se le adjudica en plena propiedad, posesión y dominio a la ciudadana MARIA EUGENIA BRICEÑO MARCHIANI, cien (100) acciones de la Empresa IMPULSO MERIDA C.A. inscrita en el Registro de Comercio bajo el número 65, Tomo A-11. QUINTO: Se le adjudica en plena propiedad, posesión y dominio al ciudadano RAFAEL CECILIO CARTAY ANGULO, mil (1.000) acciones de la Empresa NEXOS C.A. inscrita en el Registro de Comercio bajo el número 18, Tomo A-25. Y así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.- Expídanse a los solicitantes dos juegos de copias fotostáticas certificadas del escrito de solicitud y de la presente decisión de conformidad con los artículos 111 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Vigente.-
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/ymca.-