REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, tres (03) de Junio del año dos mil cinco (2.005).-
195º y 146 º
Visto el desistimiento suscrito por la parte Demandante, Co-Apoderado abogado en Ejercicio Ciro Antonio López, plenamente identificada en autos y que corre inserto al folio cuarenta y nueve (49) del Expediente signado bajo el Nº 2.279, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACION del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo definitivo del presente expediente.-DEMANDANTE: ABGS. CIRO ANTONIO LOPEZ Y BETTY CUEVAS DE LOPEZ.- DEMANDADO: MANUEL SILVA SILVA Y MULTINACIONAL DE SEGUROS C.A. en la persona de TOBIAS CARRERO NACAR.- MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES POR ACCIDENTE DE TRANSITO.- Igualmente se acuerda el desglose de los folios cinco al cuarenta y dos (5 al 42), ambos inclusive, y en su lugar déjese copias debidamente certificadas por secretaria de los referidos folios; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo lll y siguiente del Código de Procedimiento Civil -CUMPLASE.--------------------------------------------------
EL JUEZ PROVISIONAL,
ABG. YULIO J. SOLORZANO R. EL SECRETARIO
ABG. HUGO O. CONTRERAS DELGADO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
CONTRERAS DELGADO SRIO.
YJSR/mb