REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, jueves treinta de Junio de dos mil cinco.-
195° y 146°
Vista la anterior diligencia de esta misma fecha, que riela inserta al folio 11, suscrita por la ciudadana María Adela Molina de Briceño, parte actora identificada en autos, asistida por el abogado Kamil Saab Saab, igualmente identificado en autos, mediante la cual solicitó el desglose de los documentos que corren insertos a los folios 3, 4, 5, 6 y 7; y se dejen en su lugar copias fotostáticas certificadas. También declaró que desiste del presente procedimiento mas no de la acción. Y por cuanto el desistimiento no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, con el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, conforme a lo solicitado se acuerda el desglose de los instrumentos que rielan insertos a los folios 3, 4, 5, 6 y 7, con su respetiva nota de devolución y déjese en su lugar copias fotostáticas que se ordenan certificar por Secretaría. Se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. RORAIMA SOLANGE MÉNDEZ DE M.-
EL SECRETARIO,
Abg. JESÚS ALBERTO MONSALVE.-