GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, diecisiete de Junio dos mil cinco.
195º y 146º
Visto el DESISTIMIENTO celebrado por la parte demandante Abogado TITO LIVIO VOLCANES, en el presente juicio, en fecha 16-06-2005, que obra al folio 22 del presente expediente. Este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman el presente Desistimiento, observa que el mismo no vulnera el orden publico, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. En consecuencia, el Tribunal ordena el archivo del expediente, y se acuerda agregar a los autos los recaudos librados. En cuanto a lo solicitado al desglose por auto separado se resolverá lo conducente, hasta tanto no proporcionen los fotostatos correspondientes.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. MARYS XIOMARA ALBARRAN DE OCARIZ
LA SECRETARIA,
Abg. MARITZA LAREZ DE VILORIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Sria.-
EXPED. Nº 5873.-
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