TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 03. MÉRIDA, TREINTA DE MARZO DE DOS MIL CINCO.-------------------------------------------------------------------------------------------
194º y 146º
Revisado como ha sido el presente expediente y visto el oficio Nº MER-F9-2005-090, de fecha 23-02-2005, emanado por la Abogada YVONNE RANGEL VELASQUEZ, en su carácter de Fiscal Noveno para la Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Público del Estado Mérida, en la cual le informa a este Tribunal que la ciudadana YOLIMAR VILLAMIZAR GUTIERREZ, parte solicitante en el presente expediente, no acudió a los llamados de esa representación fiscal; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de MEDIDA DE PROTECCION, signada con el Nº 06122, DEMANDANTE: adolescentes: OMITIR NOMBRES y las ciudadanas YOLIMAR VILLAMIZAR GUTIERREZ y ALICIA GUTIERREZ, FECHA DE ENTRADA: 07 de enero de 2003, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. ASÍ SE DECIDE.-----------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO Nº 03
ABOG. YOLANDA DEL CARMEN VIVAS GUERRERO
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.
LA SRIA.
Exp. Nº 06122
Cherald.-
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