REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN Y RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 16 de Marzo de 2005
194º Y 146º

ACTA DE MEDIACION

EXPEDIENTE Nº: LP21-L-2005-000002
PARTE ACTORA: FRAY PETER RUEDA TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.649.269.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: GLADYS MARIBEL UZCATEGUI DIAZ y REINA COROMOTO CHACON GOMEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.105.779 y 5.676.998, en su orden, en su condición de Procuradoras Especiales de los Trabajadores para el Estado Mérida, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 82.231 y 28.163.-
PARTE DEMANDADA: REPRESENTACIONES MARQUEZ FERNANDEZ, en la persona de su Propietario YIMY RICHARD MARQUEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.954.678.-
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: YELITZA ALARCON, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.56.294, titular de la cédula de identidad No. 10.102.077.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

En el día hábil de hoy, miércoles 16 de marzo de 2005, siendo las diez de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para la Prolongación de la audiencia preliminar, previo pregón de ley dado por el alguacil, comparecieron a la misma la parte actora FRAY PETER RUEDA TORO, asistido de las Procuradoras de los Trabajadores para el Estado Mérida abogadas GLADYS MARIBEL UZCATEGUI DIAZ y REINA COROMOTO CHACON GOMEZ, ya identificadas, igualmente se encuentran presentes el representante de la parte demandada YIMI RICHARD MARQUEZ FERNANDEZ, asistido por la abogada en ejercicio YELITZA ALARCON, ya identificados, dándose así inicio a la audiencia. Acto seguido la ciudadana Jueza que preside la audiencia le manifiesta a las partes presentes el objeto de esta audiencia y su finalidad, en tal sentido las insta para que hagan uso de uno de los medios de solución alternativa de los conflictos contemplados en la Ley Orgánica del Trabajo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a cada una de las partes a exponer y manifestar los alegatos pertinentes al caso concreto y en vista de las conversaciones sostenidas por los mismos de mutuo acuerdo convienen en cancelar y recibir las partes respectivas la suma de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 800.000,oo), pagaderos de la siguiente manera: en el día de hoy 16 de marzo del 2005 la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES, mediante cheque Nº 83000118, librado contra el Banco Del Sur, a la orden de FRAY PETER RUEDA TORO, y tres cuotas por DOSCIENTOS MIL BOLIVARES CADA UNA, en dinero efectivo y de curso legal en el país, en fechas: 13 de abril de 2005, 16 de mayo del 2005 y 16 de junio del 2005, consignados por ante este Tribunal, en las fechas indicadas a las 2 de la tarde, por los conceptos de 60 días por indemnización por antigüedad y 60 días por indemnización sustitutiva del preaviso, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, a los fines de terminar el presente juicio, en virtud de que por manifestación expresa voluntaria, espontánea, del trabajador expresó que los demás conceptos y montos reclamados en el libelo cabeza de autos fueron cancelados con anterioridad a la presente fecha. Acto seguido la ciudadana Juez que preside la audiencia interroga al trabajador estar conforme con la cantidad consignada en este acto por los conceptos y montos discutidos quien estando presente manifiesta estar conforme y recibir el primer pago. Acto seguido y en virtud de que la mediación ha sido exitosa. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda homologar la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dejando expresa constancia de la entrega de las pruebas consignadas, dándose por terminado el presente juicio y se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto no conste en autos el último pago de la obligación contraída. Expídase copia de la presente decisión. Se levantó acta siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana.-Es todo terminó se leyó y conformes firman.-

LA…
JUEZ,
ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO


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PARTE ACTORA

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ABOGADAS ASISTENTES DE LA PARTE ACTORA Y PROCURADORAS DE LOS TRABAJADORES PARA EL ESTADO MERIDA


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REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA



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ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,

ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las ________________.-

LA SECRETARIA,

ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO