REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN Y RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 7 de marzo de 2005
194º Y 146º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
EXPEDIENTE Nº: LH21-L-2004-000027
PARTE ACTORA: LOURDES ROJAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.350.437.-
ABOGADAS ASISTENTES DE LA PARTE ACTORA: MARIA ELENA LARA MARCANO y ANA ALICIA LEAL MORENO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.104.288 y 11.294.986, en su orden, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 72.246 y 69.952, respectivamente, en su condición de Procuradoras Especiales de los Trabajadores para el Estado Mérida.-
PARTE DEMANDADA: MERIDATEL C.A..-
CO-APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YISER BEATRIZ SOSA GASCON, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 70.435, titular de la cédula de identidad No. 9.859.693.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-
En el día hábil de hoy, lunes 7 de marzo de 2005, siendo las diez de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para la celebración de la audiencia preliminar, previo pregón de ley dado por el alguacil. Dándose inicio a la audiencia a las once de la mañana en virtud de la prolongación de la audiencia preliminar en el expediente Nº LH21-L-1988-000001, comparecieron a la misma la ciudadana LOURDES ROJAS ROJAS, en su carácter de parte demandante, asistida de las Procuradoras Especiales de los Trabajadores para el Estado Mérida, MARIA ELENA LARA MARCANO y ANA ALICIA LEAL MORENO, ya identificadas, igualmente se encuentra presente la apoderada judicial de la parte demandada, abogada en ejercicio YISER BEATRIZ SOSA GASCON, anteriormente identificada, según se evidencia de instrumento poder constante de dos (2) folios útiles, para que sea agregado al expediente. En este estado se deja expresa constancia que la parte actora consigna escrito de promoción de pruebas constante de dos (2) folios útiles y ocho (8) anexos, y por la otra, la parte demandada consigna escrito de dos (2) folios útiles y cinco (5) anexos. Acto seguido la ciudadana Jueza que preside la audiencia le manifiesta a las partes presentes el objeto de esta audiencia y su finalidad, en tal sentido las insta para que hagan uso de uno de los medios de solución alternativa de los conflictos contemplados en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a cada una de las partes a exponer y manifestar los alegatos pertinentes al caso concreto y en vista de las conversaciones sostenidas por los mismos de mutuo acuerdo convienen en cancelar y recibir las partes respectivas la suma de SESENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 60.886,43), mediante cheque Nº 24405219, de la cuenta corriente Nº 0134-0244-21-2120210001, librado contra el Banco Banesco a la orden de Lourdes Rojas Rojas, y la suma líquida de dinero de CINCUENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS, por los conceptos y montos de Vacaciones Fraccionadas, Bonificación Especial Fraccionada y Utilidades Fraccionadas, y respecto a los conceptos restantes reclamados en el libelo de la demanda de las conversaciones sostenidas entre las partes y de las pruebas aportadas se verificó que efectivamente la parte accionante no le corresponden tales conceptos. En este estado la ciudadana Juez que preside la audiencia interroga a la trabajadora estar conforme con la cantidad consignada en este acto quien estando presente lo recibe conforme. Acto seguido y en virtud de la transacción judicial a la cual hemos llegado solicitamos respetuosamente al Tribunal se sirva homologar la misma y en consecuencia, se nos haga entrega de las pruebas consignadas en este mismo acto al inicio de la audiencia. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA vista la solicitud de las partes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda homologar la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dejando expresa constancia de la entrega de las pruebas consignadas, dándose por terminado el presente juicio, ordenándose el archivo del presente expediente. Expídase copia de la presente decisión. Se levantó acta siendo la doce y cuarenta y cinco minutos del mediodía.-Es todo terminó se leyó y conformes firman
LA JUEZ,
ABOG. MARIANA APONTE QUINTERO
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PARTE ACTORA
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ABOGADAS ASISTENTES DE LA PARTE ACTORA
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CO-APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO
En la misma fecha se publicó la presente decisión siendo las 12: 45 del mediodía y se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
ABOG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO